Inscripciones hasta el 20 de diciembre de 2021

Sorteo de 10 tarjetas monedero de 50€ entre los votantes de Comercio Excelente

BASES DE LA PRIMERA EDICIÓN DE LOS PREMIOS M AL COMERCIO Y DEL PREMIO M A LA INICIATIVA MUJER EMPRENDEDORA 2021

El objetivo fundamental de las presentes bases es la convocatoria de los premios “M” al Comercio Accesible, Excelente e Innovador, por medio de los cuales el Ayuntamiento de Museros pretende apoyar la cultura de la accesibilidad, calidad e innovación del tejido comercial del municipio.
Por otra parte, se pretende otorgar un premio a la Iniciativa Mujer Emprendedora, de aquellas candidaturas (mujeres que estén realizando una actividad comercial, debiendo ser ellas las titulares en la gestión del negocio y que hayan iniciado nuevas líneas comerciales) contribuyendo al desarrollo económico local y al fomento de la cultura emprendedora.

El concurso puede llevarse a cabo gracias a la organización del Ayuntamiento de Museros, del Área de Comercio y también, gracias a la colaboración de los Comercios Asociados de Museros (CAMU) y a Caixa Popular.

BASE PRIMERA: OBJETO Y NÚMERO DE LOS PREMIOS
El objetivo de la presente convocatoria tiene una doble misión:
1) Premiar al pequeño comercio y a los servicios de restauración de Museros (bares, restaurantes y cafeterías), que se distingan por su calidad e innovación y reconocer la accesibilidad de estos.

Comerio
El número de comercios premiados será de un máximo de tres y cada uno de los premios se otorgará en base a las distinciones a las que opten y en cada una de las siguientes categorías:

M Al Comercio Accesible de aquellas candidaturas que obtengan la mayor puntuación del comité de evaluación en esta distinción por las actuaciones realizadas para la eliminación de las barreras arquitectónicas. Los ítems a evaluar por el comité de evaluación en esta distinción se basarán en criterios básicos para tener un grado aceptable de accesibilidad universal en aspectos como: identificación del comercio o servicio de restauración, acceso al local, aseos, circulación interior y mobiliario, admisión de perros guía, etc. Será requisito indispensable que cualquier persona con movilidad reducida pueda al menos acceder al interior del comercio de forma autónoma.

M Al Comercio Excelente, de aquellas candidaturas que obtenga el mayor número de votos de la ciudadanía en la votación a través del sitio web del Ayuntamiento de Museros. Los ítems a evaluar por la ciudadanía en esta distinción se basarán en aspectos como la proximidad, profesionalidad, relación calidad-precio, amabilidad y trato con el cliente, uso del valenciano, sostenibilidad, etc. (Se sortearán 10 tarjetas monedero de 50€ entre los votantes que aporten nombre y teléfono móvil, para consumir en los comercios de CAMU, siendo dicha entidad y la Caixa Popular de Museros los que se harán cargo de las anteriores tarjetas). Cada ciudadano podrá emitir un único voto.

M Al Comercio más Innovador, de aquellas candidaturas que obtenga la mayor puntuación del comité de evaluación en esta distinción. Entenderemos por acción innovadora las mejoras en los productos/servicios en la gestión empresarial, organizacional y de marketing, en relación con el sector en el que se desarrolla. Se trata de reconocer la diferenciación generada, el valor añadido y la ventaja competitiva de la iniciativa respecto a otras iniciativas ya existentes o no, así como cualquier otra acción a considerar que contribuyan al objetivo del premio.

2) Por otra parte, secquiere premiar, fomentar y reconocer los valores de la iniciativa emprendedora en la mujer, como otro actor imprescindible del desarrollo local del mapa municipal.
INICIATIVA MUJER EMPRENDEDORA 2021, de aquellas candidaturas (mujeres que realicen alguna actividad emprendedora, siendo titulares en la gestión/representación del negocio en caso de persona jurídica), destacando el perfil/trayectoria profesional de la/las promotora/as, fomento de la conciliación de la vida familiar y laboral, fomento de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, así como cualquier otra acción a considerar que contribuyan al objetivo del premio. El objetivo principal de este premio es contribuir al reconocimiento de aquellas actividades ya existentes, así como de iniciativas de reciente creación, que sean originales, creativas e innovadoras acometidas por mujeres para promover e impulsar el emprendimiento femenino, con proyectos que promuevan nuevos canales de negocio y venta.
El número de Iniciativas Emprendedoras premiadas será de un máximo de una, en la siguiente categoría:

M a la Iniciativa Mujer Emprendedora, de aquellas candidaturas que obtenga la mayor puntuación del comité de evaluación en esta distinción.
Tanto en el caso de los premios de comercio como en el de los premios de iniciativa mujer emprendedora 2021, se sujetarán a las siguientes condiciones:
– Una misma persona física o jurídica podrá optar a todas las categorías, siendo premiado solo en la
distinción en la que se obtenga mayor puntuación o mayor número de votos.
– El que sea premiado en la categoría de comercio excelente no podrá optar a obtener premio en las
restantes categorías.
– No podrá ser beneficiario de estos premios ningún miembro de la comisión de evaluación, ni de las
10 tarjetas monedero anteriormente indicadas.

BASE SEGUNDA: PREMIOS O DOTACIÓN ECONÓMICA
Los premios en la categoría M al Comercio en cada una de las distinciones serán dotadas con una tarjeta por valor de 700€, siendo las categorías las siguientes:
M al Comercio Accesible
M al Comercio Excelente
M al Comercio más innovador
M a la Iniciativa Mujer Emprendedora
Estos premios están sujetos a las retenciones del IRPF correspondientes o norma tributaria correspondiente.

BASE TERCERA: PRESUPUESTO
El importe destinado a estos premios asciende a 2.800,00 euros, cuya financiación se efectuará a cargo de la partida presupuestaria 4.4311.22706 del Presupuesto Municipal vigente.

BASE QUARTA: REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Todas las candidaturas a los premios deberán cumplir los requisitos que a continuación se indican, excepto las candidaturas al premio a la Iniciativa mujer emprendedora 2021, las cuales no deberán cumplir necesariamente el haber iniciado la actividad con anterioridad a los doce meses previos a la publicación de las bases.

Los requisitos de participación son:
a) Podrán concurrir a esta convocatoria las personas físicas o jurídicas titulares de un comercio al por menor situado en Museros que hayan iniciado su actividad en los doce meses previos a la publicación de las bases, con local abierto al público y a clientes en general, en horario comercial durante la semana.
b) No encontrarse incurso en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
c) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ante la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Museros. A tal efecto, se podrán efectuar por el Ayuntamiento las comprobaciones oportunas.
d) Tener concedida la correspondiente autorización administrativa que permita el ejercicio de la actividad, en caso necesario.
La acreditación del requisito a) se hará mediante la presentación de la documentación a que se refiere la base quinta y los requisitos b) al d), mediante la declaración responsable inserta en la solicitud.

El comercio que opte a la distinción de Comercio Excelente se elegirá por medio del mayor número de votos en la distinción, de entre aquellas candidaturas que obtenga el mayor número de votos de la ciudadanía en la votación a través del sitio municipal web del Ayuntamiento de Museros.

BASE QUINTA: LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Y DE LA VOTACIÓN, EN SU CASO
Estas bases se harán públicas en el tablón de anuncios tanto de la sede electrónica del Ayuntamiento, como el ubicado en la casa consistorial, en el portal de transparencia y en el sitio municipal web www.ajunt-museros.com, una vez estén debidamente aprobadas, iniciándose con ello la convocatoria de los premios.
Las solicitudes se presentarán en el modelo normalizado incluido en el anexo I, ficha candidatura a los Premios M y deberán estar debidamente cumplimentadas y firmadas por la persona solicitante; estarán disponibles en los mismos medios arriba indicados y los solicitantes deberán indicar la distinción o distinciones a las que se opta e incluir una breve descripción de los méritos, que, a su entender, le hacen merecedor del galardón a su comercio o a la iniciativa emprendedora.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de participación indicados en la base cuarta y para lo cual se ha elaborado la mencionada ficha, que se presentará cumplimentada y acompañada de la siguiente documentación:
– Si es persona física: DNI o documento equivalente.
– Si es persona jurídica: poderes de la persona administradora y DNI o documento equivalente de
la misma.
– Certificado actualizado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria (AEAT).
– Documentación gráfica y visual adicional que considera relevante transmitir al jurado para
evaluar su candidatura, tales como fotos, imágenes, publicidad corporativa. Esta documentación se presentará con carácter opcional.

El plazo de presentación de las solicitudes, o candidaturas de comercios e iniciativa emprendedora, será desde el día siguiente a la publicación del oportuno edicto en el tablón de Anuncios tanto de la sede electrónica del Ayuntamiento, como el ubicado en la casa consistorial, en el portal de transparencia y en el sitio municipal web www.ajunt-museros.com hasta el día 20 de diciembre de 2021.
Las solicitudes, deberán presentarse preferentemente por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Museros. Asimismo, se podrán presentar de forma presencial en las oficinas municipales y por cualquiera de los medios previstos y establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y, siempre, dentro del plazoestablecido en las bases de esta convocatoria.
Para la identificación del usuario en esta Sede, el Ayuntamiento de Museros admite las modalidades que ofrece la plataforma Cl@ve.
Si la persona solicitante no dispone de los sistemas de firma indicados deberá acudirse a la representación a través de persona que sí disponga de ella, acreditando la representación, por cualquier medio válido en derecho, que deberá suscribir la solicitud correspondiente.
Será objeto de publicación en el sitio municipal web de este Ayuntamiento el plazo temporal en el que la ciudadanía podrá realizar sus votaciones a la distinción Comercio Excelente, de entre las candidaturas presentadas a este premio.
La participación en la presente convocatoria supone la aceptación sin reservas de las presentes bases, así como la decisión de la comisión de evaluación.

BASE SEXTA: JURADO, CONCESIÓN Y SEGUIMIENTO
A fin de valorar las candidaturas presentadas en cada una de las categorías en base a los términos planteados en cada una de las distinciones (contempladas en el la base I), se ha constituido por parte del Ayuntamiento una comisión de evaluación formada por:
– Presidenta: alcalde/Alcaldesa del Ayuntamiento de Museros.
– Secretaria: técnica de la Agencia de Empleo y Desarrollo Local. – Vocales:
o Concejal del Área de Comercio.
o Presidente de la Asociación de Comercios de Museros (CAMU) o Director o directora de la oficina Caixa Popular de Museros.
La comisión evaluadora tiene facultad para realizar, por medio de sus miembros, cuantas comprobaciones estime necesarias para la mejor calificación de los méritos presentados por cada una de las candidaturas

El jurado elevará a la Junta de Gobierno Local la propuesta de los premios que se tienen que otorgar, el cual será el órgano competente para resolver la concesión del premio. La resolución de la Junta de Gobierno Local se hará pública en los medios de difusión indicados en la base quinta, sin perjuicio de la correspondiente notificación a la persona o personas ganadoras de los premios, siendo el veredicto del jurado inapelable

La Junta de Gobierno Local, a propuesta del Jurado, tendrá la facultad para resolver las dudas que se presentan y tomar los acuerdos necesarios en todo aquello que no ha previsto en estas bases. Por eso, habrá que ajustarse al que dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y a su reglamento de despliegue.

BASE SÉPTIMA: ENTREGA DE PREMIOS I PUBLICIDAD
La liberación de este premio implica:
1.- La aceptación por parte de las personas beneficiarias de su participación en el acto de entrega de los premios; a tal efecto, se podrá publicitar tanto la imagen de la empresa/entidad como el acto de entrega de los premios en los medios de comunicación que se estimen oportunos.
2.- Proceder a su inclusión en una lista de personas beneficiarias de ayudas del Ayuntamiento.
3.- Se informa que este Ayuntamiento comunicará a la Administración tributaria del Estado la relación de los perceptores de la presente subvención, de conformidad con el artículo 93 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el artículo 33.3 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y el desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, a los efectos oportunos.

BASE OCTAVA: PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales Los datos de carácter personal serán tratados por el Ayuntamiento de Museros y serán incorporados a los sistemas de tratamiento “ayudas por concurrencia competitiva”, cuya finalidad es la tramitación, formalización, desarrollo y justificación de los expedientes presentados para las mencionadas ayudas por concurrencia, según la normativa vigente del Ayuntamiento de Museros (Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).
Sus datos serán conservados durante el tiempo necesario para cumplir con las finalidades para la que se recabaron así como para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, posteriormente serán conservados en cumplimiento de los periodos establecidos en la normativa de archivos y patrimonio documental español (Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de España).
De acuerdo con los derechos que le confiere la normativa vigente en materia de protección de datos podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, limitación, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos de carácter personal, así como revocar el consentimiento prestado para el tratamiento de los mismos, dirigiendo su petición junto con el documento oficial que le acredite a nuestro Delegado de Protección de Datos en la dirección postal del propio Ayuntamiento o a través de la dirección de correo electrónico dpo@museros.es
Si desea plantear una reclamación con relación al tratamiento de sus datos por parte del Ayuntamiento de Museros puede ponerse en contacto con la Agencia Española de Protección de datos, C/ Jorge Juan, 6 (28001)-Madrid – www.agpd.es.
Para una información más detallada sobre el tratamiento de datos podrá consultar www.museros.es/politicadeprivacidad.